PPA Fórmula Futuro (Plan de Previsión Asegurado)

Plan de ahorro mensual desde 30 euros al mes y con hasta el 2,30% de interés neto. Puedes realizar aportaciones extraordinarias desde 360 euros. Este PPA está pensado para aquellos inversores de perfil conservador que quieren obtener rendimiento de sus ahorros con la tranquilidad de tener asegurado su capital y una rentabilidad mínima garantizada. El interés que ofrece el PPA Fórmula Futuro permite tener un beneficio elevado de cara a la jubilación, pero sin el riesgo de perder lo ganado durante años.



COBERTURAS

Jubilación: Dispondrás del total de tu PPA pudiendo elegir entre percibir el capital o una renta equivalente o combinación de capital y renta siempre que el importe de la renta supere los 6.000 euros anuales.
Fallecimiento: En caso de fallecimiento, las personas que designes recibirán el capital total de tu PPA en la forma que elijas y un capital adicional de 1.000 euros.
Invalidez permanente: Podrás optar entre percibir total de tu PPA en forma de renta, pago único u opción mixta.
Supuestos excepcionales: se permitirá la disposición anticipada, en su totalidad o en parte, en caso de enfermedad grave o desempleo de larga duración.

ALTA RENTABILIDAD

Interés mínimo del 0,50% a jubilación más interés adicional cada trimestre. Actualmente la rentabilidad bruta es del 2,80%.

TIPO DE APORTACIONES

Periódica mensual desde 30 euros.
Única inicial desde 1.000 euros.
Extraordinarias desde 360 euros.

CUÁNDO SE PUEDE RESCATAR

Al cumplir la edad legal de jubilación.
Fallecimiento.
Incapacidad permanente.
Desempleo de larga duración.
Enfermedad grave.
Tras 10 años desde la aportación.

COMISIONES O GASTOS

Gastos de gestión: 0,50%

FACILIDAD DE CONTRATACIÓN

Contacta con nosotros y en unos minutos tendrás en marcha tu PPA Fórmula Futuro.






FISCALIDAD

Aportaciones: Las aportaciones realizadas a los PPA son desgravables en la declaración de la renta. Como límite máximo reducible de la base para el conjunto de aportaciones a los sistemas de previsión social, se aplica la menor de las cantidades siguientes:

  • El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
  • 1.500 euros anuales.

Prestación: La percepción de las prestaciones de los PPA tienen la consideración fiscal de rendimientos del trabajo personal:

  • Si se percibe en forma de renta se integrará completamente en la base imponible la anualidad percibida.
  • Si la prestación se percibe en forma de capital, se tendrá derecho a una reducción del 40% de la cantidad percibida, que corresponda a las aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006. Este derecho se podrá ejercer siempre que el rescate de la prestación se realice en el ejercicio en el que acaezca la contingencia correspondiente (jubilación, invalidez, etc.), o en los dos ejercicios siguientes. En el caso de que la contingencia se haya producido entre 2011 y 2014, si el asegurado quiere acogerse a esta medida, tiene ocho años para realizar el rescate; y hasta el 31 de diciembre de 2018, si se ha producido antes de 2011.

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